Argentina oficializó su adhesión a los Acuerdos Artemisa de Cooperación Internacional Bill Nelson, ex titular de la NASA, logra sellar la adhesión de la Argentina a los Acuerdos Artemisa, en los que están involucrados 28 países.
En el mes de julio, el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, junto a Daniel Filmus, Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación y otras autoridades, llevó adelante la firma de los Acuerdos Artemisa, siendo la Argentina el país número 28 en incorporarse a los mismos; a un mes de la adhesión de la India.
Los Acuerdos Artemisa, conocidos como “principios para la cooperación en la exploración civil y el uso de la Luna, Marte, cometas y asteroides con fines pacíficos”, son un Tratado Internacional, que surge a partir del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre (de Naciones Unidas, 1967), con el fin de establecer un marco de cooperación espacial, cuyos signatarios son el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la NASA (Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio), siendo firmados el 5 de mayo de 2020, por representantes de ocho agencias espaciales.
Dichos Acuerdos, tienen como objetivo la cooperación internacional espacial con fines exclusivamente pacíficos y de conformidad al Derecho Internacional, para fomentar el debido desarrollo espacial de las regiones concordantes; regular y controlar actividades y operaciones del sector privado, registrar objetos para preservación del patrimonio del espacio; fomentar el libre intercambio y la transparencia de datos e información de carácter científica; generar un apoyo sobre actividades seguras y sostenibles en el espacio, y delimitación de “zonas seguras”; mitigar la presencia de basura espacial existente, cómo así también, limitar la generación y desarrollo de nuevos y nocivos desechos durante operaciones, accidentes, etc.
A la fecha, se encuentran participando 28 países: Estados Unidos, Australia, Canadá, Japón, Luxemburgo, Italia, Reino Unido, Emiratos Árabes, Ucrania, Corea del Sur, Nueva Zelanda, Brasil, Polonia, México, Israel, Rumania, Baréin, Singapur, Colombia, Francia, Arabia Saudita, Ruanda, Nigeria, República Checa, España, Ecuador, India, Argentina.
¿Cuál es la situación de Rusia y China frente a los Acuerdos?
Rusia ha condenado los Acuerdos Artemisa, oponiéndose al control por parte de los Estados Unidos del espacio ultraterrestre; China, por su parte, desde el año 2011 posee una sanción referida a la prohibición legal en materia de colaboración científica con EEUU. Este ha logrado, en el último tiempo, adherir a los Acuerdos a muchas naciones, siendo ellos los emisores de esta iniciativa, lo qué dificulta la aceptación de Rusia y China de ello, quienes perciben a dichos acuerdos como algo más qué un simple marco jurídico de cooperación. Por otro lado, EEUU fomenta una ventaja, para quienes forman parte de los Acuerdos Artemisa, de participar en el Programa Artemisa de la NASA, participación en foros de discusión multilateral, y otros beneficios.
Si bien, algunos principios del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre plantean que la exploración y utilización del espacio debe hacerse en provecho e interés de todos los países y en beneficio de la humanidad en general (bajo el concepto de Patrimonio Común de la Humanidad), Rusia y China no comparten la misma óptica y visión geopolítica de los EEUU postguerra fría, y no van a someter sus intereses a una perspectiva unilateral sobre el espacio ultraterrestre, porque el Tratado se encuentra demasiado centrado en la agenda particular estadounidense, y la ambición de liderar la industria espacial, es algo que comparten dichas regiones.
¿Implicancias en el Derecho Internacional?
En el marco de los instrumentos internacionales sobre la utilización del espacio ultraterrestre, y en las normativas desarrolladas por la ONU, desde 1959, se torna necesario examinar bajo qué criterios se integran estos Acuerdos en la normativa vigente sobre Derecho del Espacio. Si bien, el derecho del espacio, con el paso del tiempo, se ha ido extendiendo y ampliando, no se ha facilitado en gran medida aún una determinación de los límites del espacio y cuestiones relativas.
Se torna necesario rectificar las fuentes del nuevo pacto multilateral, firmado en octubre del 2020; ya que los signatarios del Acuerdo enfatizan que la utilización (cómo así las actividades que puedan surgir) del espacio, cómo podría ser la extracción y utilización de recursos, debe cumplir con las normativas del Tratado del Espacio Ultraterrestre mencionado con anterioridad. Pero, también, que la utilización de dicho espacio no es considerada una actividad per se de expropiación, permitiendo a los países miembros del Acuerdo, desarrollar sus propias interpretaciones del tratado del 67. Esto, deja puertas abiertas a la posibilidad de llevar adelante ciertas actividades que en principio parecieran querer evitarse, cómo por ejemplo la minería espacial y otras explotaciones por parte de entidades y empresas privadas, qué cada vez están cobrando más relevancia en materia espacial.