La carrera lunar del siglo XXI está en marcha, con Estados Unidos y China liderando la competencia. Pero, mientras las potencias avanzan en tecnología y ambición, las lagunas en la ley espacial podrían convertir este hito en un terreno de disputa internacional.

¿Están las leyes espaciales preparadas para una Luna compartida?

Desde los comienzos de esta nueva carrera espacial, con el lanzamiento de los programas Constellation (EE.UU.) y Chang’e (China) en 2004, la atención se ha centrado en quién llegará primero en el siglo XXI a nuestro satélite natural.

Sin embargo, poco se discute sobre los vacíos legales que rodean la exploración lunar y, más importante aún, sobre las posibles disputas que podrían surgir una vez que los humanos vuelvan a pisar su superficie. Mientras las misiones avanzan a pasos agigantados, las reglas que definirán el acceso, uso y explotación de los recursos lunares siguen siendo un terreno incierto.

Potencias espaciales: Cómo se distribuyen las cartas en la carrera lunar

En este último tiempo, las reiteradas reprogramaciones de las misiones Artemisa II y III de la NASA han puesto en duda si la nación norteamericana sigue liderando la carrera lunar o si el gigante asiático podría tomar la delantera como el principal candidato para llegar primero.

Mientras tanto, India ha sorprendido al mundo con el éxito de su misión Chandrayaan-3 y, aunque aún no tiene una proyección definida a corto plazo para un alunizaje tripulado, se ha posicionado como un actor emergente en la nueva era espacial.

Por su parte, Rusia, aunque rezagada tras el fracaso de Luna-25 en 2023, busca mantenerse relevante mediante alianzas estratégicas con China.

Sin embargo, más allá de quién logre alunizar primero, la verdadera pregunta es qué ocurrirá después.

El hielo lunar: ¿Un recurso de todos o el detonante de una batalla política?

Desde el comienzo de la disputa lunar entre las dos potencias, las preguntas sobre la ubicación de las estaciones de investigación en el cuerpo celeste y las reclamaciones sobre los recursos lunares han estado en el centro del debate. Ambos países, en lo que podría considerarse una guerra fría espacial, buscan establecer bases de investigación a largo plazo.

Esto genera tensiones sobre quién tendrá el control de las zonas estratégicas de la Luna. Estas cuestiones forman parte de una competencia silenciosa que podría intensificarse conforme los avances en la exploración del satélite.

Como se sabe desde la confirmación de la misión Chandrayaan-1 de la ISRO en 2009, la Luna tiene agua en forma de hielo, localizado en las regiones cercanas a sus polos, que se encuentran en un régimen de sombra permanente.

La base del conflicto se centraría en el valor estratégico crucial del hielo lunar para las futuras misiones espaciales. Esta reserva podría abastecer de agua y oxígeno a los astronautas, y aún más importante, servir como materia prima para la producción de combustible mediante la electrólisis del agua.

El problema es que los argumentos legales sobre los derechos de los recursos espaciales son áreas ambiguas y de difícil interpretación. La falta de un marco regulatorio claro podría dar lugar a disputas internacionales.

Hielo en las zonas polares de la luna.

La lucha por las zonas polares

El hielo lunar se encuentra fundamentalmente en los cráteres polares. De los dos, el polo sur es el más codiciado, ya que presenta la mayor concentración de hielo. Se destacan los cráteres Shackleton, Aretz y de Haworth.

Estas áreas no reciben luz solar directa, por lo que alcanzan temperaturas de hasta -250°C. El hielo se acumula en esos sectores y se conserva durante miles de millones de años.

La cantidad presunta de hielo, según estimaciones basadas en datos de Chandrayaan-1 y Lunar Reconnaissance Orbiter (NASA), alcanzaría las 600 millones de toneladas. En contraste, sólo en el casquete polar de Groenlandia, uno de los tantos cuerpos de hielo de la Tierra, se tienen unas 2,85 billones de toneladas de agua.

Además, al no saber el estado concreto del hielo o la complejidad de la extracción, la totalidad aprovechable podría ser considerablemente menor.

¿Qué reglas regirán cuando los humanos vuelvan a pisar la Luna?

Los principios básicos del derecho espacial internacional se exponen en diez tratados y acuerdos entre varios países. El más importante es el Tratado sobre el Espacio Exterior (OST, por sus siglas en inglés) (ONU, 1967).

Su relevancia radica en haber sido el primer marco jurídico integral espacial, en presentar mayor adhesión de estados (110) y en su carácter vinculante.

Este tratado establece que el espacio debe ser “libre para la exploración y el uso de todos los estados”, y “no está sujeto a apropiación nacional por reclamación de soberanía”.

El mismo sugiere que los países podrían estar en terreno inestable en el establecimiento de bases nacionales en la Luna, ya que todos los demás países tienen igual derecho a explorar y utilizar ese “territorio”.

Si las naciones son libres de “explorar y utilizar los cuerpos celestes”, luego cualquiera puede extraer recursos lunares y usarlos mientras esté en el espacio.

Sin embargo, el tratado se contradice al permitir a los países retener jurisdicción sobre los objetos que colocan en el espacio. Esto podría implicar que las bases en la Luna permanezcan bajo la jurisdicción del país que las colocó.

Así, los exploradores de otras naciones podrían verse restringidos de explorar donde esto interfiera con la jurisdicción de estas bases.

En lo que respecta a convenios lunares, en el marco del OST se creó El Acuerdo sobre la Luna (1979), una que alianza establece que “ni la superficie ni el subsuelo de la Luna, ni ninguna parte de ellos o recursos naturales in situ, serán propiedad de ningún estado”. Sin embargo, a pesar de contar con 17 Estados parte, las principales potencias como EE.UU., Rusia y China no lo firmaron.

En el marco del programa Artemisa, EE.UU. cuenta con su propio convenio, firmado por Argentina como 28° Estado miembro en 2023. Los Acuerdos Artemisa (2020) intentan establecer reglas básicas sobre el uso de recursos lunares, y la definición de “zona de seguridad” alrededor de sus actividades “para evitar interferencias”. Mientras que naciones emergentes como India son signatarias, las potencias asiáticas no lo son.

La explotación de los recursos lunares y sus finalidades

Además de la disputa por la apropiación de los recursos lunares, también hay una diferencia entre extraer recursos espaciales necesarios para la exploración futura, y tomar recursos del espacio para devolverlos a la Tierra solo porque son valiosos económicamente.

Esta última cuestión está relacionada al campo emergente de la minería de asteroides: varias empresas ya han delineado planes para viajar a asteroides y extraer minerales y metales valiosos para traerlos a la Tierra, lo que genera un debate sobre la permisividad de la repatriación de recursos.

Si el espacio es infinito, entonces ¿las leyes espaciales también?

En otras cuestiones legales, tanto el OST como la Convención sobre Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales (ONU, 1972) establecen límites sobre la contaminación al espacio y otros cuerpos celestes: los países son responsables de cualquier estrago causado por su hardware espacial, y están obligados a evitar la polución del espacio, incluso cuando los vehículos no estén bajo el control de los humanos en la Tierra.

Un claro ejemplo es el de las naves espaciales que usan fuentes de energía radioactivas. La propagación descuidada de materiales radiactivos sería una violación del derecho espacial internacional.

Estas disposiciones presentan ambigüedades legales, fundamentalmente por el carácter infinito del espacio y la extensión de las leyes que lo apañan.

En este sentido, es prácticamente imposible que los países tengan control de su basura espacial cuando las naves dejan el Sistema Solar y se dirigen a los confines lejanos del vecindario cósmico. Y, de cualquier forma, es posible que tampoco tenga sentido que sigan siendo responsables de la contaminación o el daño en instancias tan lejanas a la Tierra. Si se pierde contacto con una nave espacial, ¿deberían los países seguir siendo responsables de sus obligaciones en la infinitud del espacio?

Un ejemplo son las sondas Voyager (NASA, 1977), que ya alcanzaron el espacio interestelar, la primera hace más de 10 años. Otro caso es el de las sondas Pioneers 10 y 11 (NASA, 1970), que están en trayectorias que las llevarán fuera del Sistema Solar en las próximas décadas.

Zonda Voyager

Por su parte, otros vehículos espaciales como la nave New Horizons de la NASA también se han alejado del planeta terrestre. Esta última pasó cerca de Plutón en 2014 y actualmente viaja a través de una región distante llamada el Cinturón de Kuiper.

Al respecto, Defense One opina que “una respuesta a estas preguntas legales es que las leyes humanas deberían lógicamente terminar donde termina nuestra capacidad de conceptualizar y llevar a cabo operaciones espaciales”.

Hacia una exploración cooperativa

La exploración y explotación lunar ofrecen grandes oportunidades para el avance de la humanidad, pero también retos legales, económicos y políticos. Los vacíos en la legislación espacial pueden fomentar la competencia desmedida y la falta de un marco regulatorio claro, pero el verdadero desafío es evitar que la carrera lunar se convierta en una fuente de disputas geopolíticas.

Para asegurar una exploración espacial exitosa y sostenible, es esencial que las potencias colaboren en un sistema de gobernanza que promueva la cooperación internacional. Solo mediante acuerdos multilaterales que equilibren los intereses nacionales se garantizará un acceso justo a los recursos y se evitarán confrontaciones.

La cooperación es clave para abordar los desafíos de expandir nuestra presencia más allá de la Tierra.

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